He aquí lo que muchos denominan la Séptima Tradición, o la Tradición no escrita de la Camarilla, siendo su uso tan antiguo como los propios Cainitas y por tanto infinitamente anterior a la división de los Vampiros en Sectas, aunque será en la Camarilla donde se desarrolle y adopte el protocolo que aún hoy sigue utilizándose.
¿En qué consiste el Rito de Prestación? Pues en algo tan vulgar y conocido como es la otorgación y tráfico de favores, que como veremos más adelante pueden ir desde lo más fútil, como contar un chismorreo, a deberle la propia no-vida a otro Vástago. Muchos son los que gracias a los favores conseguidos han escalado, en pocas noches, una buena posición en su ciudad… tantos como los que la han perdido de la noche a la mañana sin percatarse siquiera de que ha ocurrido. Los Vampiros listos sabrán aprovechar las oportunidades que se les brindan, pero los más listos serán los que consigan que les deban mayor número de favores: y es que más pronto o más tarde los favores han de devolverse. Claro que, según cuentan las Crónicas, fue por esto que la Orden del Temple fue perseguida y exterminada, porque les debían demasiados favores… Como todo en la sociedad cainita, hay que saber moverse por terrenos que, con demasiada frecuencia, son resbaladizos.
Existe todo un protocolo alrededor del Rito de Prestación; no podía ser de otra manera en una Secta como la Camarilla. Así pues, muchos favores son anunciados públicamente en los Elíseos de la Ciudad, de modo que todos sepan que un Vástago le ha hecho tal favor a otro y que es ahora su acreedor, aunque en otras ocasiones estos favores son intercambiados muy privadamente, sobre todo cuando no interesa a ninguna de las dos partes que se sepa de sus negocios (¡especialmente las Arpías!).
El Rito de Prestación tiene tres fases:
1. Negociación.
Cuando dos Vástagos llegan a un acuerdo respecto a un favor, siempre tienen el recurso de acudir a una Arpía que sirva de testigo, aunque ello conlleva el riesgo de que, muy probablemente, los términos del acuerdo sean conocidos por toda la Praxis la noche siguiente. De todos modos, en ocasiones sirve de garantía que el favor otorgado sea conocido, pues el receptor queda más obligado al que lo otorga y éste, a su vez, vé incrementado su estatus. Si se desea que el favor no sea públicamente conocido se puede llamar como testigo a algún Vástago cuyo estatus o posición esté fuera de discusión, por ejemplo, un Primogénito o el Guardián del Elíseo. Pero, aunque no haya testigos y el favor sea secreto, se espera que sea devuelto lo mismo, puesto que el honor y el prestigio del que recibe el favor va en ello.
2. Canjeo o intercambio.
Los Favores no pueden ser utilizados libremente como moneda de cambio entre los Vástagos; si se desea pasar el derecho a otro Vástago, el deudor ha de estar de acuerdo. Lo que si puede hacer el acreedor es pedir al deudor que haga algo por un tercero, y el deudor estará obligado a devolverle el favor de ese modo, pero ello nunca conlleva que el incremento de estatus o respeto por el acreedor sea transferido a ese tercer Vástago.
3. Ruptura de la Prestación.
Si algún listillo se niega a devolver el favor y una Arpía fué testigo, simplemente lo tiene claro -o más bien muy oscuro- en la Corte. Dependiendo del tipo de favor, puede ver como el Príncipe le retira de su posición y la mayoría de sus hermanos le retiran hasta el saludo. Incluso puede darse el caso, si la Deuda es de Vida, que el Príncipe le dé al Acreedor el derecho de muerte definitiva del Deudor. La Prestación es el pilar sobre el que funciona la sociedad cainita y pocos Vástagos tolerarán a un individuo que no respeta el sistema.
Hay cinco tipos de Deudas que son, de menor a mayor importancia:
1. Deuda Trivial:
Son comunes e insignificantes, pequeños favores que apenas tienen importancia o le cuestan poco esfuerzo al Acreedor. Ejemplos: Escoltar a otro Vástago hasta su refugio, ayudarle a mejorar una de sus disciplinas (entre hermanos de clan), proporcionar un poco de información o utilizar una pequeña parte de sus recursos (dinero, influencias, etc.). Por su carácter no suelen ser publicitadas.
2. Deuda Menor:
Este tipo de deudas ya adquieren algo más de importancia, normalmente porque al Acreedor ya le cuesta más conceder el favor o ayuda, lo suficiente para que se plantee que alguien sea testigo del favor. Ejemplos: Proporcionar una información importante para el deudor, apoyarle políticamente en alguna pequeña maniobra, emplear bastantes recursos a su favor, ayudarle en un viaje potencialmente peligroso o enseñarle una disciplina básica (no característica del Clan si no se pertenece a él, como Obtenebración-Lasombra, Taumaturgia-Tremere, etc.).
3. Deuda Mayor:
Muy importantes en la dinámica de la sociedad cainita, estas son anunciadas públicamente (salvo que no interese hacerlo). En todo caso conviene que un testigo de calidad esté presente. Ejemplos serían proporcionar una información al deudor que le permita acabar con un enemigo, apoyarle en una maniobra política de gran envergadura, proteger su vida utilizando gran parte de sus recursos e influencia, ayudarle a conseguir una posición muy destacada en la Praxis o enseñarle a desarrollar una disciplina a niveles muy superiores a la media.
4. Deuda de Sangre:
A medio camino entre las Deudas Mayores y las Deudas de Vida, son de los más importantes favores que un Vástago puede otorgar a otro y por regla general implica que el Acreedor arriesga la totalidad de sus recursos e incluso su propia vida por el Deudor. Como las Deudas de Sangre, muchas veces no habrá testigos (o no sobrevivirán) pero prácticamente obligan de por vida al Deudor. Ejemplos serían enseñar una Disciplina prohibida (por ejemplo, un Tremere que enseña la Rego Vitae a un no-Tremere, o entrar en terrenos de Taumaturgia Oscura o Infernalismo), eliminar a un enemigo o rival muy poderoso del Deudor (el Príncipe) o derramar su propia sangre para defender la vida del Deudor.
5. Deuda de Vida:
La mayor y la más sencilla de explicar. El Deudor debe su propia no-vida al Acreedor, bien sea porque le ha salvado de un ataque del Sabbat o de Cazadores, bien porque tiene su vida en las manos y se la perdona, o simplemente porque el Deudor es condenado a la Muerte Definitiva y el Acreedor utiliza no solo todos sus recursos, sino que pone en prenda su propia no-vida para que la vida le sea perdona. Esta Deuda jamás se extingue y prácticamente ata el futuro del Deudor al del Acreedor.
Anna muchisimas gracias por tu excelente aporte y no esta de mas decir que espero mas articulos como este.
Saludos.